sábado, 8 de octubre de 2011

¿Qué es la SUNAT? ¿Qué es el RUC? ¿Qué tributos administra la SUNAT?


SUNAT son las siglas de la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LA ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA

 

Es una Institución Pública Descentralizada del Ministerio de Economía y Finanzas, dotada con personería jurídica de Derecho Público, patrimonio propio y autonomía económica, administrativa, funcional, técnica y financiera; a la quien el Gobierno Central así como algunas otras administradoras de otros tributos, le han encargado la recaudación y fiscalización de algunos tributos.

 

 

RUC son las siglas del REGISTRO ÚNICO DE CONTRIBUYENTES

 

Es el registro informático de la SUNAT. En él se encuentran inscritos los contribuyentes de todo el país, así como otros obligados a inscribirse en él por mandato legal, que deben pagar a impuestos al Gobierno Central y son materia de administración por la SUNAT.

 

Contiene información como el nombre, denominación o razón social, el domicilio fiscal, la actividad económica principal y las secundarias de cada contribuyente. Asimismo recoge los teléfonos, tributos afectos, la fecha de inicio de actividades y, los responsables del cumplimiento de obligaciones tributarias. La información debe ser actualizada por los contribuyentes, cada vez que cambien sus datos, por ejemplo el domicilio fiscal y también puede ser actualizada de oficio por la misma SUNAT.


A cada contribuyente se le identifica con un número de 11 dígitos al cual se le denomina RUC. Este número es de carácter único y permanente y debe utilizarse en todo trámite que se realiza ante la SUNAT.

 

SUNAT forma los números RUC de la siguiente forma:

 

-     Para las personas naturales empieza con el número "10", para una persona jurídica con "20". Aún existen números RUC que inician con los números "15" y "17", los cuales han sido otorgados para aquellos contribuyentes identificados con otros documentos de identidad tales como carnet de fuerzas armadas o de extranjería.

-     Para las personas naturales los 8 dígitos siguientes es el Documento Nacional de Identidad (DNI). Para las empresas y otros contribuyentes es un número correlativo asignado por el sistema de la SUNAT.

-     Para todos los números RUC, el último dígito es un número verificado.

 


TRIBUTOS QUE ADMINISTRA LA SUNAT

 

(a)     Impuesto General a las Ventas (IGV): Es el impuesto que se aplica en las operaciones de venta e importación de bienes, así como en la prestación de distintos servicios comerciales, en los contratos de construcción o en la primera venta de inmuebles.

 

(b)     Impuesto a la Renta (IR): Es aquél que se aplica a las rentas que provienen del capital, del trabajo o de la aplicación conjunta de ambos.

 

(c)     Régimen Especial del Impuesto a la Renta (RER): Es un régimen tributario dirigido a personas naturales y jurídicas, sucesiones indivisas y sociedades conyugales domiciliadas en el país que obtengan rentas de tercera categoría provenientes de las actividades de comercio y/o industria; y actividades de servicios.

(d)     Nuevo Régimen Único Simplificado (RUS): Es un régimen simple que establece un pago único por el Impuesto a la Renta y el Impuesto General a las Ventas (incluyendo al Impuesto de Promoción Municipal). A él pueden acogerse únicamente las personas naturales o sucesiones indivisas, siempre que desarrollen actividades generadoras de rentas de tercera categoría (bodegas, ferreterías, bazares, puestos de mercado, etc.) y cumplan los requisitos y condiciones establecidas.

 

(e)     Impuesto Selectivo al Consumo (ISC): Es el impuesto que se aplica sólo a la producción o importación de determinados productos como cigarrillos, licores, cervezas, gaseosas, combustibles, etc.

(f)      Impuesto Extraordinario para la Promoción y Desarrollo Turístico Nacional: Impuesto destinado a financiar las actividades y proyectos destinados a la promoción y desarrollo del turismo nacional.

(g)     Impuesto Temporal a los Activos Netos (ITAN): Impuesto aplicable a los generadores de renta de tercera categoría sujetos al régimen general del Impuesto a la Renta, sobre los Activos Netos al 31 de diciembre del año anterior. La obligación surge al 1 de enero de cada ejercicio y se paga desde el mes de abril de cada año.

 

(h)     Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF): El Impuesto grava algunas de las operaciones que se realizan a través de las empresas del Sistema Financiero. Creado por el Decreto Legislativo N° 939 y modificado por la Ley N° 28194. Vigente desde el 1° de marzo del 2004.

 

(i)      Impuesto a los Juegos de Casinos y Máquinas Tragamonedas: Impuestos que gravan la explotación de casinos y máquinas tragamonedas.

 

(j)      Derechos Arancelarios o Ad Valorem: Son los derechos aplicados al valor de las mercancías que ingresan al país, contenidas en el arancel de aduanas.

 

(k)     Derechos Específicos: Son los derechos fijos aplicados a las mercancías de acuerdo a cantidades específicas dispuestas por el Gobierno.

 

(l)      Regalías Mineras: Se trata de un concepto no tributario que grava las ventas de minerales metálicos y no metálicos. El artículo 7° de la Ley 28258 - Ley de Regalías Mineras, autoriza a la SUNAT para que realice, todas las funciones asociadas al pago de la regalía minera.

 

(m)    Impuesto Especial a la Minería: Es un impuesto de periodicidad trimestral que grava la utilidad operativa obtenida por los sujetos de la actividad minera, proveniente de la venta, autoconsumo y retiros injustificados de los recursos minerales metálicos. Fue creado mediante la Ley N° 29789 publicada el 29.09.2011.

 

(n)     Impuesto a la Venta del Arroz PiladoEs el Impuesto que deben pagar todas las personas que realizan la primera venta de arroz pilado en el país. También grava la importación definitiva de arroz pilado y de las siguientes variedades: arroz descascarillado (arroz cargo o arroz pardo), arroz semiblanqueado o blanqueado, incluso pulido o glaseado, arroz partido, salvados, moyuelos y demás residuos del cernido, de la molienda, incluido "pellets" de arroz.

 

(o)     Impuesto al RodajeEs el impuesto a los vehículos que utilizan gasolina. Dicho impuesto es cobrado en la misma forma y oportunidad que el impuesto fiscal que afecte a las gasolineras. Se aplica la tasa del 8% sobre el valor de la venta de la gasolina que abonará PETROPERU al Banco de la Nación destinado al Fondo de Compensación Municipal, para luego distribuirse entre todos los Consejos de la República.

 

(p)     Aportaciones al ESSALUD y a la ONP: Mediante la Ley N° 27334 se encarga a la SUNAT la administración de las citadas aportaciones, manteniéndose como acreedor tributario de las mismas el Seguro Social de Salud (ESSALUD) y la Oficina de Normalización Previsional (ONP).

 

(q)     Aporte al SENCICO (Servicio Nacional de Capacitación para la Industria y Construcción): Las personas naturales o jurídicas que desarrollen actividades de construcción están obligadas a pagar una contribución porcentual calculada sobre el total de las remuneraciones que abonen a sus trabajadores, a favor del SENCICO, persona jurídica de derecho público que tiene por finalidad proporcionar formación profesional y capacitación a los trabajadores de las actividades del sector construcción.

 

Fuente:   http://www.sunat.gob.pe

                http://www.intralegem.com

                http://sisbib.unmsm.edu.pe

               

23 comentarios:

Anónimo dijo...

diteeeeeeeeeeeeeeee

Anónimo dijo...

esq ahhhh

Anónimo dijo...

la sunat es una mierda

Unknown dijo...

El Sistema Tributario Peruano, debe ser sencillo, simple, no engorroso ni complicado, entendible para el contribuyente fundamentalmente de las Mypes.

Unknown dijo...

El Sistema Tributario Peruano, debe ser sencillo, simple, no engorroso ni complicado, entendible para el contribuyente fundamentalmente de las Mypes.

lucho dijo...

Que significa el último numero del RUC? ¿Número verificado?

lucho dijo...

Que significa el último numero del RUC? ¿Número verificado?

Anónimo dijo...

Y el Régimen General del Impuesto a la Renta?

Anónimo dijo...

POR QUE SE DA QUE ALGUNOS NUMEROS RUC EMPIEZEN CON EL NUMERO 17, Y POR FAVOR SERIA BUENO QUE ALGUIEN ACLARE ESE TEMA. MUCHAS GRACIAS

Anónimo dijo...

gracias por la informacion :)

Anónimo dijo...

apoyemos a la sunat




Anónimo dijo...

que es la sunat diganme por fa vor

Anónimo dijo...

vete a la reconchatumare mrda

Anónimo dijo...

vete a la reconchatumare mrda

Anónimo dijo...

¿POR QUE UNA PERSONA NATURAL TENIENDO DNI, REGISTRA UN RUC QUE EMPIEZA CON 15 Y TIPO DE DOCUMENTO CON DPI?

Anónimo dijo...

alguien quiere pastelitos ?? pastelitos,llevese sus pastelitos

Salazar camila dijo...

Como son las entrevistas de capacitación juveni??

Unknown dijo...

Aportando un poco de sunat operaciones en linea, partir de la primera emisión de recibos por honorarios, que se obtengan de forma electrónica, la siguiente será emitida con mayor facilidad, dado el sistema de guardado de los datos anteriormente suministrados, o cuando se desea hacer uso, de un honorario físico. Para emitir dichos honorarios, se debe realizar con la ayuda del medio del sistema, llamado “Sistema de Emisión Electrónica Sol.

Unknown dijo...

Las personas naturales con negocio que están en el Rus cuando pasan al régimen especial tienen que cambiar su tic de 10 al 20 como persona jurídica o sigo con el mismo ruc como persona natural. Agradezco su respuesta.

Anónimo dijo...

HOLA, SOLO QUERIA UNA INFORMACION PARA SACAR UN RUC, HAY QUE PAGAR ALGO?
GRACIAS

Unknown dijo...

No sacar el ruc es gratis ya la sunat se va a encargar de sacarye plata una vez tengas ruc

Unknown dijo...

Pongo mi numero de ruc y me dice ruc invalido total dan un ruc y no funciona

Unknown dijo...

Pongo mi numero de ruc y me dice ruc invalido total dan un ruc y no funciona

 
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